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El Crédito con Aval del Estado cuenta con dos avales:

  • La institución de Educación Superior en la que estudia el alumno.
  • El Estado que es garante hasta que el alumno haya pagado por completo el crédito.

Para acceder al CAE no es necesario contar con avales familiares, acreditar otras garantías y no exige a los integrantes del núcleo familiar presentar informes comerciales de ningún tipo (por ejemplo: DICOM).

El alumno debe tener presente que el Crédito sólo cubre el arancel, por lo tanto la matrícula debe ser costeada con recursos propios. Lo mismo en caso de existir diferencia entre el arancel de referencia (monto máximo que cubre el CAE) y el arancel real de la carrera. Es importante que el postulante, antes de iniciar los trámites, evalúe si el presupuesto familiar podrá cubrir dicho saldo.

La persona beneficiada puede pedir el monto que considere apropiado para el financiamiento de su carrera y, a su vez, modificar el valor cada año. Lo mínimo que puede solicitar son $200.000 y un máximo equivalente al 100% del Arancel de Referencia (éstos pueden ser revisados en el sitio de Beneficios Estudiantiles)

El alumno que solicita el CAE, comienza a pagar al año y medio después de egresar. Durante los años de estudio, no está obligado a cancelar la deuda.

En caso de haber cesantía se suspende por 12 meses, lo mismo sucede en caso que el alumno deserte sin egresar de la carrera.