El Proceso de Suspensión de Beneficios 2026 es una instancia formal y obligatoria a través de la cual los estudiantes, mediante la Dirección de Financiamiento Estudiantil, solicitan al Ministerio de Educación la evaluación de antecedentes para suspender temporalmente sus beneficios estudiantiles. Este procedimiento tiene como objetivo «congelar» el beneficio por un período determinado, permitiendo al estudiante reactivarlo posteriormente mediante los procesos establecidos para su reincorporación.

Para el año 2026, el estudiante deberá ingresar su solicitud a través de la plataforma Gestiona tu caso (https://www.unab.cl/servicioestudiante/ ). Para eso deberá iniciar sesión con su usuario y contraseña de intranet, hacer clic en “CREAR CASO” y seleccionar obligatoriamente la categoría “Suspensión de Beca Mineduc”.
La documentación de respaldo deberá ser enviada a través del formulario web indicado en los puntos anteriores, asegurándose de que sea legible y esté en formato PDF. En caso de que la documentación enviada sea ilegible o incompleta, se notificará al postulante a través del correo electrónico registrado en el formulario.
| Periodo por suspender | Estudiantes con admisión 2026 | Estudiantes de Cursos Superiores (antiguos) |
| 1° Semestre 2026 | No puede realizar suspensión, ya que debe estar matriculado y haber cursado al menos un semestre en la Universidad (perdida del beneficio permanente) | Cumplir con el 70% de la aprobación de los ramos, inscritos en el año 2025.
(excluyendo ramos sin calificación en la escala del 1,0 al 7,0) |
| 2° Semestre 2026 | Cumplir el 60% de la aprobación de los ramos inscritos en el primer semestre 2026 | Cumplir el 70% de la aprobación de los ramos inscritos en el 2026-1 y 2025-2 (excluyendo ramos sin calificación en la escala del 1,0 al 7,0) |
| Suspensión anual 2026 | No puede realizar suspensión, ya que debe estar matriculado y haber cursado al menos un semestre en la Universidad (perdida del beneficio permanente) | Cumplir el 70% de la aprobación de los ramos inscritos durante el año 2025 (excluyendo ramos sin calificación en la escala del 1,0 al 7,0) |
Consideraciones Adicionales
Sin embargo, en los casos de estudiantes cuya suspensión total, considerando desde el año de asignación del beneficio hasta la fecha (incluyendo la suspensión actual), supere 1 año académico, será obligatorio cargar el Formulario de Suspensión.
A partir del año 2026, se establece que la documentación de respaldo debe ser presentada obligatoriamente por estudiantes que hayan realizado una suspensión previa con una duración mayor a 2 semestres, esto incluye formulario y respaldo.
En el caso de estudiantes que realicen por primera vez una suspensión de la beca MINEDUC, no será necesario presentar ni formulario ni documentación.
