El Proceso de Suspensión de Beneficios 2026 es una instancia formal y obligatoria a través de la cual los estudiantes, mediante la Dirección de Financiamiento Estudiantil, solicitan al Ministerio de Educación la evaluación de antecedentes para suspender temporalmente sus beneficios estudiantiles. Este procedimiento tiene como objetivo «congelar» el beneficio por un período determinado, permitiendo al estudiante reactivarlo posteriormente mediante los procesos establecidos para su reincorporación.
Comienza en marzo
Fechas: Pendientes
Para el año 2026, el estudiante deberá ingresar su solicitud a través de la plataforma Gestiona tu caso (https://www.unab.cl/servicioestudiante/ ). Para eso deberá iniciar sesión con su usuario y contraseña de intranet, hacer clic en “CREAR CASO” y seleccionar obligatoriamente la categoría “Suspensión de Beca Mineduc”.
La documentación de respaldo deberá ser enviada a través del formulario web indicado en los puntos anteriores, asegurándose de que sea legible y esté en formato PDF. En caso de que la documentación enviada sea ilegible o incompleta, se notificará al postulante a través del correo electrónico registrado en el formulario.
Archivos descargables,
Pendiente
| Periodo por suspender | Estudiantes con admisión 2026 | Estudiantes de Cursos Superiores (antiguos) |
| 1° Semestre 2026 | No puede realizar suspensión, ya que debe estar matriculado y haber cursado al menos un semestre en la Universidad (perdida del beneficio permanente) | Cumplir con el 70% de la aprobación de los ramos, inscritos en el año 2025.
(excluyendo ramos sin calificación en la escala del 1,0 al 7,0) |
| 2° Semestre 2026 | Cumplir el 60% de la aprobación de los ramos inscritos en el primer semestre 2026 | Cumplir el 70% de la aprobación de los ramos inscritos en el 2026-1 y 2025-2 (excluyendo ramos sin calificación en la escala del 1,0 al 7,0) |
| Suspensión anual 2026 | No puede realizar suspensión, ya que debe estar matriculado y haber cursado al menos un semestre en la Universidad (perdida del beneficio permanente) | Cumplir el 70% de la aprobación de los ramos inscritos durante el año 2025 (excluyendo ramos sin calificación en la escala del 1,0 al 7,0) |
Consideraciones Adicionales
Sin embargo, en los casos de estudiantes cuya suspensión total, considerando desde el año de asignación del beneficio hasta la fecha (incluyendo la suspensión actual), supere 1 año académico, será obligatorio cargar el Formulario de Suspensión.
A partir del año 2026, se establece que la documentación de respaldo debe ser presentada obligatoriamente por estudiantes que hayan realizado una suspensión previa con una duración mayor a 2 semestres, esto incluye formulario y respaldo.
En el caso de estudiantes que realicen por primera vez una suspensión de la beca MINEDUC, no será necesario presentar ni formulario ni documentación.
Los estudiantes que hayan suspendido beneficios deberán efectuar de forma obligatoria su reincorporación dentro de los plazos definidos, dependiendo del período suspendido:
Pendiente Fechas 2026
Importante: Los estudiantes deben gestionar su reincorporación oportunamente mediante los canales establecidos por la institución y el Ministerio de Educación, proporcionando toda la documentación requerida.
En el mes de septiembre, el Ministerio de Educación a través de la Subsecretaría de Educación Superior habilita un proceso especial para que la Universidad Andrés Bello pueda reportar todas las reincorporaciones de los estudiantes que presentaron el formulario de suspensión de Beca Mineduc 2026 por el primer semestre.
Es importante mencionar que los estudiantes que no presentaron la suspensión de beca Mineduc por el 2026-1 y tengan reincorporación 2026-2 no podrán mantener su beneficio y quedará suprimido de forma permanente (Artículo 83 del decreto 97) de la renovación. Por lo cual Los estudiantes que hayan realizado Suspensión de la Beca MINEDUC por el 2026-1, están obligados a reincorporarse en 2026-2. En el caso que el estudiante decida extender la suspensión deberá realizar el trámite de suspensión en sistema Universidad, o en caso que tenga más de una suspensión enviar el formulario de suspensión 2026 marcando suspensión anual y adjuntando nueva documentación que respalde la causal.
Los estudiantes que hayan realizado suspensión de la Beca MINEDUC por el 2026-2 o anual, deberán reincorporarse a más tardar el 31 de marzo 2027.